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ORGANOS DE GOBIERNO
Asamblea General
La Asamblea General estará compuesta por los miembros designados por las respectivas Asociaciones miembros numerarios, y es el órgano supremo de expresión de la voluntad de la Federación. Sus decisiones, adoptadas conforme a las disposiciones de los Estatutos.
Cada Asociación miembro numerario dispondrá de un solo voto, que no recaerá en los miembros de la Junta Directiva de la Federación.
El derecho a voto en la Asamblea General lo ejercerá el Presidente de la Asociación miembro, o en su defecto el delegado que haya sido designado para tal fin.
Los socios adheridos, honoríficos y demás asistentes a la Asamblea podrán participar en la deliberaciones con voz pero sin voto.
Competencias de la Asamblea General
Elegir los miembros de la Junta Directiva
Aprobar la modificación de Estatutos
Aprobar el plan de actuaciones de carácter anual y los especiales que convengan
Ratificar los presupuestos de ingresos y gastos, las cuotas anuales de liquidación, la Memoria y Plan de Gestión aprobados previamente por la Junta Directiva.
Adoptar resoluciones sobre los asuntos que figuren en el Orden del Día o que se susciten por unanimidad.
Fijar las cuotas anuales ordinarias, y en su caso, extraordinarias que deban abonar los distintos miembros.
Ratificar la admisión de nuevos miembros.
Acordar la expulsión de miembros
Acordar la disolución de FEAFES-CANARIAS
Cuantas le sean expresamente conferidas por las leyes y los presentes Estatutos.
Junta Directiva
La Junta Directiva estará compuesta al menos, por un representante por cada una de las Asociaciones miembros que integran la Federación y tendrá un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y tantos vocales como asociaciones estén representadas.
Son facultades de la Junta Directiva entre otros:
- cumplimentar todos los acuerdos de las Asambleas Generales
- proponer la creación de comisiones y grupos de trabajo
- elaborar los Estatutos o proceder a su modificación para la aprobación por parte de la Asamblea General, así como la elaboración de Reglamentos o Circulares de Régimen interno.
- Aprobar los Proyectos de Presupuestos anuales, Memoria de Gestión y Cuentas anuales de ingresos y gastos para su ratificación por la Asamblea General.
- Promover la obtención de recursos y fondos necesarios para el cumplimiento de sus fines.
Miembros de la Junta Directiva.
Comisión permanente
La Junta Directiva designará de entre sus miembros a cinco representantes, siendo ya miembros natos el Presidente, Secretario y Tesorero para formar la Comisión Permanente, a la que corresponde resolver y decidir en situaciones extraordinarias por su urgencia.
La Comisión Permanente tendrá las mismas facultades ejecutivas que la Junta Directiva, y su periodo de mandato será igual al de la Junta que la nombró.
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